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Ley de Prevención de Riesgos Laborales, y la responsabilidad de las empresas

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La justicia condena a una empresa por no vigilar que un empleado se vacunara para viajar, posteriormente el trabajador falleció por malaria tras pasar unos días en Camerún, en un viaje de trabajo.

La reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Aragón ha condenado a una empresa por no haberse asegurado de que uno de sus empleados, destinado a Camerún por trabajo, estaba vacunado. La compañía se limitó a remitir a los empleados que habían sido designados a viajar al país africano a que visitarán la Web del Ministerio de Asuntos Exteriores. La Sala en su fallo reprocha a la empresa que su protocolo de seguridad en viajes no evaluaba correctamente los riesgos.

El trabajador murió a los pocos días de su vuelta a España de malaria grave, contraída por la picadura de un mosquito en Camerún, la Inspección de Trabajo identificó dos infracciones graves y propuso un recargo del 30% de las prestaciones, sanción recurrida por la empresa.

El tribunal desestima el recurso de la empresa y declara que la actividad preventiva fue “insuficiente”, ya que consideran que “cualquier viajero puede consultar información sobre qué vacunas debe ponerse cuando va a transitar por países con riesgo de contagio”. Sin embargo cuando es la empresa la que ordena al empleado que se desplaza por otras regiones por trabajo, “lógicamente será ésta la que deba velar por su salud”. Para los magistrados la Ley de Prevención de Riesgos Laborales exige a las empresas agotar todas las vías de prevención. Obligación que, no fue cumplida en este caso, al no evaluar correctamente los riesgos, no “evitó lo evitable”, con los medios a su alcance como haber comprobado la realización de la vacunación oportuna, uso de repelentes específicos de mosquitos, vestir pantalón y manga larga y evitar los colores oscuros y perfumes, etc…

FUENTE: ADADE CENTRAL

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