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Publicada la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2027

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La Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2015-2020 fue publicado en el BOE del 28 de abril de 2023 y engloba una serie de objetivos y líneas de actuación para mejorar la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, la gestión de los cambios derivados de las nuevas formas de organización del trabajo, la atención a las PYMES y la introducción de la perspectiva de género en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo. Además, se intensificarán las campañas de asistencia técnica y de vigilancia y control del cumplimiento de la normativa de forma coordinada con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y se realizarán campañas de ITSS dirigidas a empresas donde se utilice la modalidad de prestación laboral a distancia.

La Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2015-2020 fue aprobada en Consejo de Ministros con fecha 24 de abril de 2015, habiendo sido acordada por las Administraciones Públicas (Administración General del Estado y Comunidades Autónomas) y los Interlocutores Sociales. Este documento ha sido publicado en el BOE del 28 de abril de 2023, englobando una serie de objetivos y líneas de actuación para mejorar la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, la gestión de los cambios derivados de las nuevas formas de organización del trabajo, la atención a las PYMES, la protección de las personas trabajadoras en situación de vulnerabilidad, la introducción de la perspectiva de género en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo y el refuerzo del sistema nacional de seguridad y salud en el trabajo para afrontar futuras crisis, entre otros aspectos.

Dentro de sus objetivos concretos encontramos:

Objetivo 01:

Mejorar la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Prioridad: Reducir los daños en la salud de las personas trabajadoras.

Objetivo 02:

Gestionar los cambios derivados de las nuevas formas de organización del trabajo, los cambios demográfico y climático desde la óptica preventiva.

Prioridad: Anticiparse y gestionar los riesgos nuevos y emergentes.

Objetivo 03:

Mejorar la gestión de la seguridad y salud en las pymes. Una apuesta por la integración y la formación en prevención de riesgos laborales.

Prioridad: Integrar la prevención de riesgos laborales en las pequeñas empresas promoviendo una mayor implicación de recursos propios.

Objetivo 04:

Reforzar la protección de las personas trabajadoras en situación de mayor riesgo o vulnerabilidad.

Prioridad: Elevar el nivel de protección de los colectivos más vulnerables.

Objetivo 05:

Introducir la perspectiva de género en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo.

Prioridad: Incorporar la perspectiva de género en las políticas públicas y en la gestión de la prevención.

Objetivo 06:

Fortalecer el sistema nacional de seguridad y salud para afrontar con éxito futuras crisis.

Prioridad: Mejorar las instituciones y los mecanismos de coordinación.
Para orientar y planificar el desarrollo de las líneas de actuación consensuadas en la Estrategia se elaborarán dos planes de acción, que comprenderán los periodos 2023-2024 y 2025-2027.

Dentro de las distintas líneas de actuación para lograr los objetivos señalados encontramos aspectos como:

En cuanto a la prevención de accidentes de trabajo, se elaborarán guías para informar sobre los estilos de vida, factores biomédicos y estresores laborales que incrementen el riesgo cardiovascular y sus estrategias de prevención. Asimismo, se intensificarán las campañas de asistencia técnica y de vigilancia y control del cumplimiento de la normativa de forma coordinada con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y las administraciones públicas. Para facilitar la prevención a las PYMES y a los autónomos se revisará la normativa para su aplicación y se promoverá la formación y capacitación en prevención de riesgos laborales. Con respecto al enfoque de género, se incorporará esta perspectiva en los procesos de evaluación de riesgos y los estudios sobre las condiciones de seguridad laboral. 

Junto a las distintas actuaciones de vigilancia y control del cumplimiento de la normativa, la estrategia adelanta campañas de la ITSS dirigidas a empresas donde se utilice la modalidad de prestación de servicios a distancia: 

«Se realizarán campañas de la ITSS dirigidas a empresas donde se utilice la modalidad de prestación laboral a distancia, especialmente del teletrabajo, prestándose atención al cumplimiento de la Ley 10/2021, de 9 de julio, y, en particular, a las disposiciones específicas sobre seguridad y salud relacionadas con los riesgos psicosociales».

En esta ocasión, las líneas de actuación se han alineado con otras estrategias y planes nacionales en materias fundamentales como la salud mental, la igualdad de hombres y mujeres, el cáncer laboral, la seguridad vial y el cambio climático, entre otras, así como con los objetivos de desarrollo sostenible. Destacamos dos:

Respecto a la salud mental, se pretende incorporar la integración de la edad y la diversidad generacional en la gestión preventiva y reforzar la protección de las personas trabajadoras frente a riesgos psicosociales. Además, se identificarán los colectivos de personas trabajadoras que presentan los peores datos de seguridad y salud para analizar los factores que las hacen vulnerables y, con ello, incorporar la prevención de riesgos laborales en otras políticas públicas.

La prevención del cáncer laboral también aparece en este texto dentro del Objetivo 01. En concreto la línea de actuación «2. Prevención de enfermedades relacionadas con el trabajo, con especial énfasis en el cáncer de origen profesional», se refiere a:

  • Mejora de la identificación y diagnóstico de las enfermedades profesionales.
  • Mejora de la notificación y registro de las enfermedades profesionales.
  • Mejora del conocimiento epidemiológico de las enfermedades profesionales. Una sociedad más informada.
  • Agenda Nacional para la Prevención del Cáncer de origen Profesional.
  • Desarrollo de actuaciones para impulsar la prevención de la exposición de las personas trabajadoras a sustancias y agentes peligrosos, incluidos los cancerígenos: polvo respirable de sílice cristalina, gas radón, sustancias reprotóxicas y medicamentos peligrosos.
  • Protección de las personas trabajadoras frente a la exposición al amianto.




FUENTE: IBERLEY

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