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Reforma Tributaria: Normativa y Casos Prácticos Aplicables a Zonas Francas

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"Reforma Tributaria: Normativa y Casos Prácticos Aplicables a Zonas Francas” fue el nombre del seminario organizado por ZOFRI S.A. y que puso a disposición de los usuarios del sistema, de cara a los cambios que experimentará el Sistema de Tributación chileno que comenzará a regir a contar del 2017.

La actividad contó con los exponentes Sr. Rony Acosta, Director Legal e Impuestos y Carol Valenzuela, Directora de Auditoría de Acosta & Asociados, miembros del Grupo Asesor Internacional ADADE Chile, quienes expusieron a los presentes los principales aspectos de la Reforma Tributaria y las consideraciones relevantes al momento de optar por el régimen tributario futuro.

También se sumó la participación del Director Regional del Servicio de Impuestos Internos, Oscar Urdanivia, mencionando la importancia para Iquique, la región y de manera especial, para la zona franca de conocer las modificaciones del nuevo sistema tributario que regirá a contar del próximo año.

Para la Gerente General (I) de ZOFRI S.A., Johanna Díaz Riquelme, “nos complace mucho poder entregar esta oportunidad y este espacio a nuestros clientes usuarios, para difundir estos aspectos de la nueva Reforma Tributaria que tiene foco especial en zona franca. Es una oportunidad para conocer respecto a los efectos que ésta va a tener, los regímenes tributarios a los cuales pueden acogerse y además, interiorizarse del beneficio adicional que comenzará a aplicarse a partir del 1 de enero de 2017 para los usuarios de zona franca”, señaló.

Agregó además que “nos sentimos muy contentos por la convocatoria que hemos tenido y agradecidos del interés de nuestros usuarios de participar en estas actividades que, sin duda, implican una mejor oportunidad para el desarrollo de sus negocios”, destacó la ejecutiva.

Reforma

Uno de los beneficios que integra la nueva reforma tributaria, para los propietarios de sociedades administradoras o usuarios de zona franca cuyas empresas se acogen al régimen de Renta Atribuida, es que podrán hacer uso de 50% del monto del impuesto de primera categoría -que hubieran tenido que pagar en régimen general- como crédito (o descuento), frente al pago del impuesto que se imputa al retirar las utilidades de dichas empresas que realizan operaciones en zona franca.



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