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Norma fundamental que permitirá proteger a las trabajadoras del hogar y a las profesionales de ayuda a domicilio

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La “nueva norma fundamental permitirá proteger los derechos de miles de trabajadoras de ayuda a domicilio y del hogar”, de acuerdo con la Estrategia de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2027.

Además de los aspectos físicos, también se pone en valor que existen unos riesgos psicosociales añadidos, ya que las trabajadoras del hogar y las profesionales de ayuda a domicilio desempeñan su actividad en solitario y en momentos clave, atendiendo a personas con patologías vinculadas al deterioro tanto físico como cognitivo.

Objetivos

Las personas que desarrollan actividades de cuidado retribuidas deben tener aseguradas condiciones de trabajo dignas y sanas, con medidas preventivas efectivas, tanto en el ámbito de los riesgos físicos como psicosociales.

Con ello, se va a modificar el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. La modificación hará una especial mención a las empresas a cuyo servicio se encuentre el personal dedicado a la actividad de ayuda a domicilio.

Asimismo, la nueva normal implicará mejoras en la situación en materia de prevención de riesgos laborales de las personas que prestan servicio en ayuda a domicilio, en su mayoría mujeres, a través de la incorporación de la perspectiva de género en la prevención de riesgos laborales, con medidas específicas frente a agentes biológicos, cancerígenos o químicos.

La evaluación de riesgos contemplará la posibilidad de que cualquier puesto esté ocupado por hombres o mujeres, teniendo en cuenta la existencia de riesgos psicosociales, particularmente cuando guarden relación con las responsabilidades familiares y de cuidado.



ENLACE AL REAL DECRETO 486/1997, DE 14 DE ABRIL

FUENTE ADADE CENTRAL

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