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¿Quién tiene derecho a la jubilación anticipada en trabajos peligrosos?

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El Ministerio de Empleo está tramitando 19 expedientes de jubilaciones anticipadas para trabajos en condiciones penosas, tóxicas, peligrosas o insalubres ¿sabes si cumples con los requerimientos para ello?

En respuesta a la interpelación del Grupo Parlamentario de Podemos, sobre las medidas del Gobierno en relación con los coeficientes reductores de la edad de jubilación para actividades profesionales especialmente peligrosos, la Ministra Fátima Báñez informó de la tramitación de 19 expedientes de jubilaciones anticipadas para ciertos sectores penosos.

Pero, ¿qué se entiende por jubilación anticipada? En determinados casos la edad de jubilación ordinaria puede verse rebajada en aquellos colectivos cuyos trabajos se consideren con cierta penosidad, peligrosidad o insalubridad y ello conlleve elevados índices de mortalidad o morbilidad. Pero esa edad nunca será inferior a los 52 años.

¿Y por actividad penosa? El Ministerio de Trabajo establece una serie de criterios para reconocer si un trabajo se puede considerar peligroso, tóxico o penoso:

- Peligrosidad – Riesgo de accidentes.

- Toxicidad – Riesgo por inhalación o contacto con contaminantes químicos.

- Penosidad – Exposición a ruidos, vibraciones, calor, frío, etc.

Nuestra normativa recoge determinados sectores a los que ya se les establece una jubilación anticipada distinta a la ordinaria. Estos serían los trabajadores incluidos en el Estatuto minero – que no es lo mismo que en Régimen General de la minería del Carbón -, personal de vuelo de trabajos aéreos, trabajadores ferroviarios, artista, profesionales taurinos, bomberos y el cuerpo de Ertzaintza.

Si no estás en estos grupos, ¿qué puedes hacer?

Si no te encuentras en alguno de los y crees que el trabajo que realizas comporta cierta insalubridad o elevados índices de mortalidad debes presentar solicitud al Ministerio, para que realice un estudio riguroso sobre la siniestralidad en el sector, penosidad, peligrosidad y toxicidad de las condiciones del trabajo, o su incidencia en futuros procesos de incapacidad laboral.

El expediente puede ser a título individual, si lo ha presentado un solo trabajador, o a título colectivo, por un grupo de trabajadores -como ha sido el caso de la policía local-.

Sin embargo, antes de acceder a la reducción de la edad de jubilación, el Ministerio intentará realizar un previo cambio de las condiciones de trabajo, si ello afecta a todo un colectivo, o un posible cambio de actividad, en el caso de que la solicitud se presente por un trabajador en particular.

No podemos olvidar que el Gobierno está comprometido en alargar la vida laboral con incentivos para compatibilizar el 50% del salario y la pensión, medida que es compatible con tramitación de los expedientes de jubilación anticipada de estos sectores.

FUENTE: CINCO DIAS

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