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Autónomos: cómo mejorar las ganancias con los gastos sin factura

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Los gastos sin factura se pueden justificar ante Hacienda, pero para ello hay que enviar el recibo del pago o una copia del contrato firmado

Muchos autónomos cometen el error de desgravar, únicamente, los gastos de los que tienen factura. Esta es una forma correcta de proceder, pero se puede ampliar. Hay otro tipo de gastos que también pueden tenerse en cuenta para aminorar las cargas fiscales, aunque no se disponga de factura como justificante de los mismos.

Un buen ejemplo de ello es la propia cuota de autónomos, aunque hay más. Los billetes de transporte público, las cuotas de colegios profesionales, los seguros, la amortización de bienes de inversión, los gastos de los bancos o los impuestos, por nombrar algunos.

Así lo aseguran desde la asesoría virtual Declarando, quienes recuerdan que cuando se tiene alguno de estos gastos y no se tiene factura, el autónomo debe declarar el gasto como ‘gasto sin factura’.

En cualquier caso, y como ocurre con todos los gastos, se deben justificar ante Hacienda. Para ello, habrá que aportar el recibo del banco o el contrato que se haya firmado y que sea origen del gasto en cuestión.

Pagarlos por el banco

En este caso, desde esta asesoría virtual recomiendan que los gastos sin factura se paguen siempre por el banco, para evitar darle a Hacienda pretextos para imponer una sanción al trabajador autónomo.

Por otro lado, las facturas simplificadas también se catalogan como gastos confusos. Este tipo de facturas se emitían para dejar de utilizar los tiquets. El problema surge cuando no están a nombre del trabajador autónomo. Suele ocurrir en el caso de gastos que se han producido en bares o restaurantes. En estos casos se debe contabilizar como gasto con factura, pero el tipo de IVA debe ir al 0%, ya que no se puede deducir en ningún caso, según exponen desde el blog corporativo de la asesoría.

Y es que con la nueva ley de Autónomos de este año, los gastos producidos en bares y restaurantes han dejado de ser deducibles en muchos casos. Eso se debe a que las facturas no suelen estar a nombre del beneficiario, por lo que el gasto podría haberlo hecho otra persona y el autónomo simplemente hubiera recogido el tiquet. Para este tipo de casos, es obligatorio solicitar una factura en regla con todos los datos, y abonar los importes por medios electrónicos. Si no se hace de este modo, los cambios de IRPF que entraron en vigor este año impiden su desgravación.

FUENTE: CINCODÍAS

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