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Los trabajadores y la desconexión digital

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El pasado 6 de diciembre el BOE publicó la Ley de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales (LOPD), el título X está dedicado a la "garantía de los derechos digitales", uno de esos derechos digitales en lo relativo a la desconexión digital, o dicho de otra manera el derecho de los empleados a no contestar comunicaciones de trabajo fuera de su horario laboral. 

La ley en uno de sus apartados señala que "los trabajadores y los empleados públicos tendrán derecho a la desconexión digital a fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar".

Para entendernos una empresa puede enviar una comunicación a un trabajador, a cualquier hora, o incluso en vacaciones, y el trabajador tiene derecho a no responder, hasta que comience de nuevo su jornada laboral. La ley no prohíbe a los superiores enviar emails a sus empleados a deshoras, pero sí ampara a los trabajadores para no responder. Aunque sin duda es mejor establecer protocolo entre la empresa y los trabajadores, es decir, poner en marcha lo previsto en un apartado de dicha ley, que es la obligación de todos los empleadores de dotarse de un protocolo de desconexión digital.

Las nuevas tecnologías están haciendo necesarios nuevos planteamientos, de cara al futuro la evolución de los usos laborales hará cada vez más compleja esta desconexión, en los próximos años con la extensión del teletrabajo, así como el uso del móvil y portátil como las herramientas más comunes de trabajo, además de las muchas y variadas casuísticas personales, como autónomos y determinados puestos donde la desconexión se plantea como algo muy difícil de llevar a cabo.

Por todo lo anteriormente expuesto resulta tan importante cumplir el apartado de la ley, donde se establece que todas las empresas tendrán que dotarse de un protocolo de desconexión digital. Este documento consiste en elaborar "una política interna dirigida a trabajadores, incluidos los que ocupen puestos directivos, en la que definirán las modalidades de ejercicio del derecho a la desconexión y las acciones de formación y de sensibilización del personal sobre un uso razonable de las herramientas tecnológicas que evite el riesgo de fatiga informática". Donde también se recogerá de forma clara los horarios de trabajo y las comunicaciones de fuerza mayor a las que sí tendrán que responder los trabajadores: emergencias, situaciones excepcionales, etc. Una vez establecidas las reglas del juego en un documento de este tipo, cualquier presión de los superiores para obtener respuesta en un caso no previsto, estaría vulnerando la ley.

FUENTE: ADADE CENTRAL

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