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Hacienda vigila el perfil de Sociedad inactiva y no liquidada

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La Agencia Tributaria vigila de cerca de este tipo de Sociedades, de los 1,42 millones de empresas registradas en España solo 361.000 pagan el IS, según datos de REAF, por la sospecha de que muchos de estas empresas de pequeño tamaño esconden negocios no declarados.

Cuando las empresas cesan en su actividad, por diferentes motivos, muchos administradores deciden no realizar los trámites de disolución y dejarlas como en “stand by”, sin embargo los expertos recomiendan seguir estos pasos:

Comunicar que la sociedad está inactiva a la Agencia Tributaria (modelo 036 y 037)
Presentar Impuesto de Sociedades, marcando la casilla 026 (inactividad de la empresa) 
Obligaciones con el Registro Mercantil, la contabilidad, legalizar los libros y formular las cuentas anuales. 

Los administradores de la sociedad podrían recibir sanciones de 1.200 euros a 60.000 euros, si no se presentan todos los documentos en los plazos legales establecidos. Por otra parte hay que tener en cuenta que a partir de la fecha de inactividad el IVA soportado no será deducible y los administradores podrán darse de baja de la Seguridad Social (autónomos).

FUENTE: ADADE CENTRAL

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