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El IRPH y la próxima sentencia del TJUE, ¿Cómo puede afectar a las hipotecas con este índice?

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El IRPH es el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios es un indicador de referencia que se utilizaba para actualizar el tipo de interés de las hipotecas a tipo variable, fue muy utilizado en el 2007, cuando el Euribor alcanzaba su máximo histórico, previo al pinchazo de la burbuja inmobiliaria. En España se estima que un 13% de las hipotecas se vincularon al IRPH. Es un tipo de interés medio de los préstamos hipotecarios concedidos y se calcula con la media simple de todos los tipos de interés de los préstamos hipotecarios a más de tres años concedidos por los bancos y las cajas de ahorros.

La futura sentencia de la Justicia europea podría incidir en la rentabilidad de los bancos, si se declaran nulas las cláusulas que incluyen este índice, las entidades bancarias estarían expuestas a cientos de miles de reclamaciones, cuyo importe podría ser abonado con carácter retroactivo, que puede costar a las entidades financieras entre 25.000 y 40.000 millones de euros, según algunas estimaciones. Se esperan para el próximo 10 de septiembre las conclusiones del abogado general del TJUE, pero no serán vinculantes y para conocer el fallo definitivo habrá que esperar a la sentencia que llegará, presumiblemente, antes de final de año.

Para reclamar el IRPH hay que remitir un escrito a la entidad bancaria pidiendo que eliminen este índice por ser abusivo. La entidad, en general, desestima la reclamación, en cuyo caso habrá que presentar una demanda en los tribunales, ya hay varias sentencias sobre este tema , algunas a favor y otras en contra, aunque en la mayoría de los casos los tribunales están considerando abusivo el IRPH y declarándolo nulo, pero en cualquier caso habrá que esperar hasta la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Se estima que la reclamación media por IRPH es de 20.000 euros, señala reclamador.es, y es de esperar que los bancos, como hicieron en su día con las cláusulas suelo, hayan estado obligando a los hipotecados a renunciar a acciones de reclamación posteriores, por eso es capital estudiar bien el acuerdo y no firmar cláusulas que impidan la presentación posterior de una reclamación.

Se estima que entre a 1 y 1,5 millones de hipotecas les podría afectar el fallo del TJUE, pudiendo reclamar los hipotecados la devolución de las cantidades pagadas de más con respecto al euríbor con carácter retroactivo. La cantidad a devolver va a depender de la retroactividad que marquen los jueces en la nulidad de la aplicación del IRPH.

FUENTE: ADADE CENTRAL

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