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¿Cuál es máximo de dinero en efectivo que se puede retirar/ingresar en el cajero sin tener que declararlo?

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Desde que entró en vigor, el pasado mes de julio, la nueva normativa, hay una cantidad máxima de 1.000 euros para pagos en efectivo, de forma que los gastos superiores deberán abonarse mediante tarjeta de crédito o transferencia. Ya que Hacienda en su lucha contra el fraude fiscal, tiene en el punto de mira a las operaciones que se realizan con dinero en efectivo

Desde el Banco de España nos recuerdan “¿Si necesitas sacar mucho dinero de tu cuenta? Avisa antes a tu banco”. Una de las posibilidades que ofrece ser titular de una cuenta es disponer de su saldo con carácter inmediato. Sin embargo, para retirar una cantidad importante de dinero es recomendable avisar con antelación porque, si no lo adviertes, quizá tu oficina no disponga de efectivo suficiente en caja. En estos casos, se te pueden plantear las siguientes dudas:

·     ¿Cuánto dinero en efectivo puedo sacar? ¿hay un límite? Aunque dependerá de cada entidad, lo habitual es que debas avisar si la cantidad supera los 3.000 euros.

·     ¿Qué pasa si no pueden darme todo lo que pido? La entidad debería ofrecerte alternativas libres de gasto como, por ejemplo, la emisión de un cheque, realizar una transferencia, un abono en cuenta, etc.

Hacienda exige justificar el ingreso o la retirada del efectivo en caso de superar estas cantidades –3.000 euros si es retirada y 2.500 si es ingreso– la forma es indicar al cajero de la oficina de dónde procede el dinero, ya que el movimiento será reportado al Banco de España y, posteriormente, a Hacienda. Si es dinero efectivo que se tenía en casa y está declarado en la Renta no habría problema, las complicaciones surgen si ese efectivo no ha sido declarado previamente.

El Banco de España notifica a Hacienda cualquier movimiento superior a los 2.500 euros, ya que se puede considerar como un ingreso no justificado. Por tanto, el fisco puede iniciar un requerimiento para averiguar de dónde procede la cantidad ingresada en la cuenta. De no poder justificar el ingreso se obligaría a tributar hasta el 50% de la cantidad investigada,

Además, Hacienda vigila especialmente las transacciones con billetes de 500 euros. A pesar de que dejaron de emitirse en 2019, estos billetes todavía están en uso, vigilados por el banco y por el fisco. Cualquier ingreso o transacción que se haga con estos billetes será registrado por el Banco de España.


FUENTE: ADADE CENTRAL

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