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El Gobierno presenta a los agentes sociales su plan para penalizar las bajas de contratos temporales

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Busca impedir no cotizar por los trabajadores en fines de semana y vacaciones


La penalización sería en el mes en que se produzca la baja y por cada una... y recargaría el triple del importe diario al tope mínimo de cotización

El Gobierno ha presentado formalmente a la mesa de negociación de la reforma laboral el plan que lleva elaborando un año para endurecer las cotizaciones empresariales por contingencias comunes por cada baja que se registre de un contrato temporal durante el mes en el que sea rescindido dicho contrato.

Así consta en un borrador remitido por el Ejecutivo a sindicatos y empresarios en la mesa de reforma laboral y recogido por Europa Press. Según el texto, el Gobierno plantea modificar el artículo 151 de la Ley General de la Seguridad Social para elevar la cotización que pagan las empresas por los contratos temporales cuando los dan de baja. El objetivo es, principalmente, impedir la práctica de no cotizar los fines de semana y en vacaciones por los trabajadores.

Según su redacción actual, el artículo en cuestión establece un incremento del 40% de la cuota empresarial por contingencias comunes en los contratos de carácter temporal cuya duración efectiva sea igual o inferior a cinco días. Lo que propone el Ejecutivo es cambiar la redacción por la siguiente: "En los contratos de carácter temporal, la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes se incrementará, en el mes en que se produzca la baja del trabajador y por cada una de dichas bajas, en el triple del importe diario determinado por la aplicación del tipo de cotización a cargo de la empresa al tope mínimo de cotización para las contingencias de accidente de trabajo y enfermedad profesional".

Como ocurre en la actualidad, el incremento no será de aplicación a los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios.

La redacción, por sí sola, da lugar a algunas dudas al fulminar la referencia de duración de cinco días del artículo original y al dejar en el aire qué contratos temporales serán castigados. De hecho, la respuesta de los agentes sociales a la propuesta de modificación del artículo 151 ha sido de momento la duda. Según han indicado a la agencia, el texto es "enrevesado" y esperan que durante la reunión de la mesa de reforma laboral que se celebra este miércoles el Ejecutivo aclare los términos.

El plan no es nuevo. El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, ya anunció en diciembre que estaba en estudio la introducción de una tasa, a modo de penalización, para aquellas empresas que dan de baja los contratos temporales de sus trabajadores durante los fines de semana para volverlos a dar de alta el lunes con el objetivo de ahorrarse el pago de cotizaciones a la Seguridad Social. Ya este verano, el ministro avanzó que habría una sobrecotización creciente en función del número de bajas al mes.


FUENTE: EL ECONOMISTA


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