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Las empresas que reciban ayudas del Estado no podrán despedir por el alza de precios

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Las compañías que perciban transferencias de las autonomías, los ayuntamientos o la UE no se verán afectadas por la prohibición 

Las empresas que perciban algún tipo de ayuda del paquete de 16.000 millones de euros aprobado por el Gobierno tendrán prohibido el despido justificado por el impacto de la inflación. Así lo ha ratificado este martes el Consejo de Ministros, dentro del paquete de medidas para proteger el empleo ante la crisis energética y de suministros agudizada por la guerra de Ucrania. Otras medidas que imperarán a partir de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) es la posibilidad de que las agencias de viajes puedan acceder a los ertes sectoriales, con mayores ayudas públicas que los ertes ordinarios. Medidas que no han sido negociadas ni cuentan con el beneplácito explícito de los agentes sociales y que ya han generado las primeras reacciones negativas por parte de la bancada patronal.

"Quiero lanzar un mensaje claro a los empresarios de este país: en las crisis, cuando hay mecanismos de protección social, no hay que despedir", ha afirmado la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz. Finalmente, el endurecimiento del cese quedará limitado a aquellas compañías que perciban ayudas de carácter estatal y no quedarán atadas a esta obligación las firmas perciben transferencias autonómicas, municipales o europeas.

Inicialmente Díaz ponderó recuperar la doctrina del "prohibido despedir" en sentido amplio, censurando la vía del despido para todas aquellas compañías -perciban o no ayudas-. No obstante, finalmente esta limitación quedará acotada a las empresas que sean receptoras de transferencias de origen estatal. A falta de la letra pequeña que incorpore el BOE, las firmas que así lo hagan se verán obligadas a devolver todas las ayudas recibidas, según ha explicado la vicepresidenta en rueda de prensa.

Rechazo patronal

Un modelo de blindaje del empleo similar al que ha imperado durante la pandemia e impera con la nueva legislación de los ertes. Las compañías con un expediente en curso no pueden cesar a ningún trabajador hasta seis meses después de cerrar dicho expediente, bajo pena de tener que devolver todas las exoneraciones a la Seguridad Social percibidas durante dicho plazo. Una medida exigida por los sindicatos durante los primeros compases de la pandemia y que los empresarios han pedido suprimir desde el primer día.

Y recuperar parte de esa limitación a los despidos no ha gustado en la bancada empresarial. "Si no permite despedir, que monte una empresa ella", ha dicho el presidente de CEOE, Antonio Garamendi, al respecto. "Atenta contra la libertad de empresa", manifestó un día antes el presidente de ATA, Lorenzo Amor. Y en la misma línea se ha pronunciado este martes la patronal catalana Foment del Treball. "Son [medidas] intervencionistas, suponen una rotura de los principios básicos de nuestro ordenamiento, y atentan a la libertad de empresa y a su capacidad de poder adoptar decisiones para garantizar su viabilidad y salvaguardar puestos de trabajo presentes y futuros", ha calificado la entidad presidida por Josep Sánchez Llibre en un comunicado.


FUENTE: EL PERIÓDICO


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