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Las webs podrían cobrar por acceder si rechazas las cookies, según la AEPD

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En una reciente actualización, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha adaptado sus pautas sobre el uso de cookies, en línea con las Directrices 03/2022 del Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD).


Las nuevas directrices abordan patrones engañosos en redes sociales. De acuerdo con las adaptaciones realizadas por la AEPD, al momento de presentar opciones para aceptar o declinar cookies a los usuarios, ambas deben ser igualmente visibles y fácilmente accesibles. La actualización incluye ejemplos de cómo representar visualmente estas opciones, considerando detalles como color, tamaño y posición.

Cambios clave en la guía

·        Cookies de personalización: Si un usuario personaliza características, como el idioma de un sitio o la moneda de transacción, tales cookies se categorizan como técnicas, exentas de consentimiento directo. No obstante, si el sitio web toma decisiones basadas en datos del usuario, se debe informar claramente y ofrecer una elección para aceptar o rechazar dichas cookies. El uso de estas cookies para otros propósitos no está permitido.

·        Muros de cookies: Antes, la guía mencionaba que el acceso a servicios no debe depender del consentimiento del usuario para el uso de cookies. Si un usuario no aceptaba las cookies, podía enfrentarse a restricciones en el acceso. La nueva edición aclara que, aunque se debe informar al usuario y proporcionar un acceso alternativo sin cookies, este acceso alternativo no tiene que ser sin costo. Es decir, podría solicitarse un pago al usuario si opta por no usar cookies.

Es decir, si un usuario decide no aceptar las cookies de una página web, dicha web podría imponer al usuario un pago para permitirle el acceso al sitio web o aplicación correspondiente.

La AEPD ha establecido una fecha límite, el 11 de enero de 2024, para la incorporación de estos criterios. También ha ofrecido un período de adaptación de seis meses para que las empresas ajusten su manejo de cookies conforme a estas directrices.

El propósito de estas adaptaciones es potenciar la transparencia y asegurar que los usuarios tengan control sobre cómo se utilizan las cookies en servicios digitales. La AEPD busca así reafirmar su misión de salvaguardar la privacidad y promover un uso ético de las cookies en el ámbito digital.

Enlace a la Guía: https://www.aepd.es/documento/guia-cookies.pdf


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